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RAG.- Reglamento de Aparatos que utilizan Gas como Combustible y sus I.T.C.


INDICE


REAL DECRETO 494/1988, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de aparatos que utilizan gas como combustible.


ANEXO


CAPITULO I.- Objeto y campo de aplicación.

CAPITULO II.- Homologación de tipos y conformidad de la producción.

CAPITULO III.- Fabricantes e importadores.

CAPITULO IV.- Normas técnicas.

CAPITULO V.- Entidades de inspección y control reglamentarios y laboratorios acreditados.

CAPITULO VI.- Empresas instaladoras y suministradoras de gas.

CAPITULO VII.- Puesta en marcha.

CAPITULO VIII.- Accidentes.


Instrucciones Técnicas Complementarias Se incluyen las modificaciones efectuadas en la MIE-AG7 (Orden 30 de junio de 1990) y en la MIE-AG6 y 11 (Orden 15 de febrero de 1991)


Orden 7 junio 1988, del Ministerio de Industria y Energía por la que se aprueban las Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento de Aparatos que lo utilizan Gas como Combustible (1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 14).


Orden 15 de diciembre de 1988, del Ministerio de Industria y Energía, por la que se aprueban las Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento de Aparatos que utilizan Gas como Combustible (10, 15, 16, 18 y 20).


  • ITC MIE-AG 1.- Quemadores a gas fabricados en serie, con aire a presión atmosférica. (Derogada)
  • ITC MIE-AG 2.- Quemadores a gas fabricados en serie, con aire forzado. (Derogada)
  • ITC MIE-AG 3.- Cocinas para usos colectivos. (Derogada excepto el apartado sexto)
  • ITC MIE-AG 4.- Sartenes fijas y basculantes para usos colectivos. (Derogada excepto el apartado sexto)
  • ITC MIE-AG 5.- Freidoras para usos colectivos. (Derogada excepto el apartado sexto)
  • ITC MIE-AG 6.- Aparatos domésticos de cocción. (Derogada)
  • ITC MIE-AG 7.- Calentadores instantáneos de agua para usos sanitarios. (Derogada)
  • ITC MIE-AG 8.- Calderas murales de calefacción central derivadas de calentadores instantáneos de agua. (Derogada)
  • ITC MIE-AG 9.- Placa de características para los aparatos a gas. (Derogada)
  • ITC MIE-AG 10. Aparatos populares que utilizan GLP de las botellas y/o cartuchos con carga máxima de tres kilogramos y sus acoplamientos. (Derogada)

  • ITC MIE-AG 11.- Aparatos para la preparación rápida de café. Anexo.
  • lTC MIE-AG 12.- Marmitas para usos colectivos. (Derogada excepto el apartado sexto)
  • ITC MIE-AG 13.- Hornos de convección para usos colectivos. (Derogada excepto el apartado sexto)
  • ITC MIE-AG 14.- Baños María para usos colectivos. (Derogada excepto el apartado sexto)
  • ITC MIE-AG 15.- Aparatos de calefacción independientes de combustión catalítica, que utilizan gases licuados del petróleo, no conectados a un conducto de evacuación. (Derogada)
  • ITC MIE-AG 16.- Aparatos de calefacción independientes de combustión por llamas, que funcionan con gases licuados del petróleo, no conectados a un conducto de evacuación. (Derogada)
  • ITC MIE-AG 18.- Grifos de maniobra manual para aparatos domésticos de cocción que utilizan combustibles gaseosos. (Derogada)
  • ITC MIE-AG 20.- Aparatos de tipo único no incluidos en una Instrucción Técnica complementaria específica.
  • Anexo de la ITC MIE-AG 20

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